Villa La Angostura · Alerta vecinal · 2026

El municipio
quiere crear
un impuesto
nuevo

Lo llaman "Tasa Vial". Es un 4,5% sobre cada litro de combustible que cargues en el pueblo. Antes de que se vote, los vecinos tenemos derecho a saber la verdad.

4,5%
por litro de combustible
Lo que te cobrarían de más en cada carga de nafta, gasoil o GNC
$750M
de recaudación anual
Sale del bolsillo de vecinos, comerciantes y turistas
61%
en sueldos políticos
Del presupuesto municipal. La Constitución dice 30%.

De qué se trata
el proyecto

El Intendente Murer elevó al Concejo Deliberante el Expediente N° 2283-BC-2024: una propuesta para crear la "Tasa Vial Municipal". Acá explicamos exactamente qué dice, qué impacto tiene y por qué los vecinos deberían opinar antes de que se vote.

¿Qué es?

Una tasa del 4,5% sobre el combustible

Cada vez que cargues nafta, gasoil o GNC en una estación de servicio de Villa La Angostura, pagarás un 4,5% adicional. La estación descuenta ese porcentaje de tu carga y lo deposita mensualmente al municipio.

¿Para qué?

Obras viales en cuatro barrios

El Anexo I del proyecto identifica obras en Barrio Once, Barrio Norte, Av. Nahuel Huapí y Barrio Tres Cerros, con un presupuesto total de ~$2.600 millones. Con la recaudación proyectada, se cubrirían en poco más de tres años. La tasa no tiene fecha de vencimiento.

¿Desde cuándo?

Desde el día que se promulgue

El proyecto fue elevado al Deliberante el 02/03/2026. Si se aprueba en una sesión ordinaria o extraordinaria, entra en vigor inmediatamente. No hay período de transición previsto en el texto actual.

¿Quién paga?

Todo el que cargue en el pueblo

No solo los vecinos: turistas, camioneros, prestadores de servicios. El municipio argumenta que eso es una ventaja porque el costo se distribuye ampliamente. Los sectores productivos locales lo ven como un problema de competitividad.

"

El problema de las calles de Villa La Angostura no se resuelve cargándole 4,5% más al combustible. Se resuelve gastando mejor lo que ya se recauda.

Análisis técnico — Partido Libertario VLA, marzo 2026

Los números
que el municipio
no cuenta

61
% del presupuesto
va al pago de personal municipal en Villa La Angostura
30
% el límite legal
que fija el Art. 291 de la Constitución de Neuquén para gasto en personal
8
% en obras
del presupuesto municipal va a inversión en infraestructura real
27
% de la TSP
ya se destina al mantenimiento de calles según el Código Tarifario 2026

Impacto estimado por sector — costo adicional mensual por vehículo

Sector Consumo estimado Costo adicional / mes
Vecino que carga 1 vez/semana~160 lts/mes+ $10.900 aprox.
Remisero o taxista~640 lts/mes+ $43.500 aprox.
Prestador ATT / traslados~900 lts/mes+ $61.000 aprox.
Embarcación / catamaran (temporada)~1.000 lts/mes+ $68.000 aprox.
Comercio con distribución propiaVariableSe traslada al precio final

Tres razones por las
que esto no está bien

Más allá del impacto económico, el proyecto tiene problemas legales y de fondo que los concejales deben resolver antes de votar.

01
Constitucional

Probablemente sea un impuesto, no una tasa

Una tasa municipal requiere que el Estado preste un servicio concreto y directo a quien la paga. Cuando cargás combustible en una estación de servicio, ¿qué servicio municipal recibís específicamente en ese momento? Ninguno.

La Corte Suprema Argentina tiene jurisprudencia uniforme desde 1989 (Cía. Química c/ Mun. de Tucumán) y la ratificó en 2009 (Laboratorios Raffo c/ Mun. de Córdoba): una tasa sin contraprestación real e individualizable es inconstitucional. El proyecto usa la fórmula "usuarios efectivos o potenciales" — exactamente la frase que la Corte rechazó. Si alguien lo impugna judicialmente, el municipio podría perder — y la obra quedarse sin financiamiento igual.

02
Federal

Posible doble imposición con tributos nacionales

El Art. 9° de la Ley de Coparticipación Federal N° 23.548 prohíbe a municipios gravar hechos imponibles ya alcanzados por tributos nacionales. El combustible ya paga el Impuesto a los Combustibles Líquidos (Ley 23.966). Sumar un 4,5% municipal sobre el mismo litro puede violarlo.

El argumento de que "otros municipios de Neuquén ya lo tienen" no es una defensa jurídica. La constitucionalidad no se vota por cantidad de precedentes administrativos — se define en los tribunales. Una ordenanza que viola la Ley de Coparticipación es pasible de nulidad.

03
Local

Ya estás pagando por las calles — dos veces

El Código Tarifario 2026 — aprobado por el mismo Concejo Deliberante en diciembre de 2025 — ya destina el 27% de la Tasa por Servicios Públicos (TSP) al mantenimiento de calles y alumbrado. Un vecino con un lote de hasta 300 m² paga $30.000/mes, de los cuales $8.100 ya van específicamente a ese destino.

Antes de crear una nueva tasa para el mismo fin, el Ejecutivo debería rendir cuentas públicamente sobre en qué se utilizaron esos fondos en los últimos tres ejercicios. El Art. 183 de la Carta Orgánica Municipal requiere que los tributos municipales no superpongan cargas sobre el mismo destino sin justificación. Pedimos que se publique la ejecución del componente vial de la TSP 2023-2025 antes de cualquier votación.

Hay una alternativa
que no le cobra nada
a nadie

Distribución del presupuesto municipal 2025

Personal (actual)
61%
Personal (límite constitucional)
30%
Obra pública (actual)
8%
Dependencia fondos provinciales
34%

Fuente: Presupuesto Municipal 2025 — La Angostura Digital, noviembre 2024. Art. 291 Constitución de Neuquén.

No falta plata.
Sobra burocracia.

El municipio de Villa La Angostura gasta el 61,2% de su presupuesto en sueldos. La Constitución de la Provincia de Neuquén establece en su Artículo 291 que ese gasto no puede superar el 30% de las rentas municipales. Estamos al doble del límite legal.

No proponemos despedir empleados de un día para el otro. Proponemos que el municipio cumpla gradualmente con la Constitución de su propia provincia y reasigne esos recursos hacia donde hacen falta: las calles, las veredas, la infraestructura real.

Ahorro anual estimado

+$870M/año

bajando el gasto en personal del 61% al 58% del presupuesto — más que los $750M que buscan recaudar con la Tasa Vial

Firmá la nota ciudadana →

Lo que más
nos preguntan

Totalmente de acuerdo en que hay que arreglarlas. El punto es que el municipio ya cobra para eso (27% de la TSP va a vialidad) y aun así las calles están en mal estado. Antes de crear un nuevo impuesto, la pregunta correcta es: ¿en qué se usó ese dinero? Pedimos que el Ejecutivo rinda cuentas de la ejecución del componente vial 2023-2025 antes de aprobar cualquier nueva carga.

Que otros municipios apliquen tasas similares no las hace legales ni convenientes. Muchas de esas tasas nunca fueron cuestionadas judicialmente, no porque sean correctas, sino porque nadie las impugnó. En todo caso, Villa La Angostura ya tiene una TSP con componente vial — esa es la diferencia clave con municipios que no la tienen. No es la misma situación.

Parcialmente. Es cierto que parte del combustible lo cargan turistas y vehículos de paso. Pero hay dos problemas: primero, el vecino también carga en su propio pueblo, así que igual paga. Segundo, los turistas que encuentran el combustible más caro en VLA que en Bariloche o San Martín simplemente cargan antes de entrar al pueblo — como ya pasa con el estacionamiento. El perjudicado final es el comerciante local.

Cualquier contribuyente afectado puede impugnar la ordenanza judicialmente por los fundamentos explicados en esta web. Además, el antecedente de la oposición formal (nota vecinal, notas gremiales) queda registrado en el expediente y en actas del Concejo — lo que tiene peso político en elecciones municipales. Una nota presentada hoy es también una herramienta electoral mañana.

No requiere escribano, certificación ni trámite de ningún tipo. Es una nota ciudadana en ejercicio del derecho de petición del Artículo 14 de la Constitución Nacional. Solo se necesita nombre, apellido, DNI y domicilio en Villa La Angostura. Las firmas se presentan físicamente en Mesa de Entradas del municipio con copia sellada como constancia.

Esta campaña la impulsa el Partido Libertario de Villa La Angostura, pero la nota vecinal que se presenta al Concejo Deliberante es de todos los vecinos que la firman, independientemente de su posición política. Oponerse a una tasa que consideramos inconstitucional no es una cuestión ideológica — es una cuestión de derechos y de cómo se gestionan los recursos que ya pagamos.

Firmá la nota
ciudadana

Tu firma se incorpora a la nota formal presentada ante el Honorable Concejo Deliberante. Sin escribano. Sin costo. Solo nombre y DNI.

  • Derecho de petición — Art. 14 Constitución Nacional
  • Firma digital válida — Ley Provincial 2578 de Firma Digital
  • Equivale a firma manuscrita por Ley 3002 (Expediente Digital)
  • No repudio y trazabilidad — Ord. 3906/2022 del Municipio de VLA
  • Constancia digital con ID único y timestamp descargable
  • Tus datos no se comparten con terceros

Marco legal aplicable

El municipio de Villa La Angostura adhirió al Ecosistema de Integrabilidad Digital Neuquino (Ord. 3906/2022), cuyo marco incluye la Ley 2578 de Firma Digital y la Ley 3002 de Expediente Digital. Las adhesiones digitales son legales, trazables y de no repudio, con la misma validez que una firma manuscrita ante organismos públicos de la provincia.

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ObjetoOposición Tasa Vial Municipal — Nota ciudadana al HCD VLA
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